Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) exime a los ginecólogos de la obligación
de participar de los procesos vinculados al aborto y les permite dar información
destinada a mantener el embarazo e incluso pedir ecografías.
El alcance del derecho de objeción
de conciencia para el personal de la
salud fue uno de los aspectos más polémicos de la ley de Interrupción
Voluntaria del Embarazo. La reglamentación, según un centenar de ginecólogos
que hace un año presentaron un recurso
para impugnar 11 de sus 42 artículos, limita
la invocación de objeción de conciencia a recetar el fármaco
abortivo o hacer el legrado, y los obliga
a participar en todos los procedimientos previos y posteriores a
la interrupción del embarazo.
Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo emitido ayer
por unanimidad y considerado "histórico"
por el abogado Gianni Gutiérrez, consideró que los artículos recurridos dañan
el libre ejercicio de la medicina y la libertad de conciencia
como derecho humano, por lo que resolvió
suspender su aplicación hasta
tanto se pronuncie sobre el recurso de impugnación presentado.
Los profesionales que recurrieron la reglamentación argumentaron que la
misma trasciende lo perseguido por la ley y les causa un "grave
daño". También consideraron que se quitó libertad a los médicos
en el asesoramiento de las pacientes y afirmaron que todo lo
previsto y regulado sólo está dirigido
a "la concreción del aborto" y no permite "brindar un espacio
de contención donde puedan valorar
otras alternativas".
El TCA acogió el planteo de los
ginecólogos mientras se espera que
el fallo sobre la impugnación se conozca antes de fin de año.
El Tribunal consideró que los
artículos causan un grave daño a los
médicos que presentaron la petición.
La decisión significa un fuerte
revés para las autoridades del
Ministerio de Salud Pública que desde un comienzo se enfrentaron a los médicos
que invocaron objeción de conciencia frente al aborto y calificaron como ilegal el decreto reglamentario.
Los médicos que recurrieron
ante la Justicia señalaron que la reglamentación implicaba "perjuicios que afectan a la actuación moral de las personas y a la vocación a la que se han
dedicado".
El Tribunal también suspende el artículo que impide al equipo de médicos exponer
sobre su experiencia profesional y sugerir
alternativas al aborto o que la
paciente revise su decisión.
"Es un fallo unánime que entiende que es tan grave la afectación
de la libertad de conciencia que es necesario detener ese daño incluso antes del pronunciamiento
definitivo. El daño es a la libertad de conciencia y al libre
ejercicio de la medicina. La
libertad de conciencia es un pilar del estado de derecho. No se puede obligar a una persona a hacer actividades que van
contra su conciencia", afirmó Gutiérrez.
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Comentarios de este blog:
Es digna de felicitaciones la actitud de los médicos que presentaron recurso referente a la ley que liberó el
aborto – ley impuesta por la izquierda.
Los ginecólogos afirmaron
claramente que todo lo previsto y regulado sólo
está dirigido a "la concreción
del aborto" y no permite "brindar un espacio de contención donde puedan valorar otras alternativas".
De lo que se deduce que la izquierda estaba empeñada en liberar a toda
costa la matanza de bebés en el seno de sus madres, dejando de lado cualquier otra
alternativa que preservase la vida de los mismos.
La ley es tan radical que impide al equipo de médicos exponer
sobre su experiencia profesional y sugerir
alternativas al aborto o que la
paciente revise su decisión. O sea, prohíbe
al médico explicar la Ley de Dios. Es decir, impone que la ley que vale es la
de la izquierda y no la de Dios.
Es necesario estar alerta para que lo que por el momento
es “suspensión” de los artículos impugnados se transforme realmente en eliminación
definitiva de los mismos, cuando lo mismo se trate antes de fin de año. Pues
bien puede sospecharse que la izquierda quiera mantener los artículos impugnados
por los médicos, utilizando el mismo
sistema de imposición cuando decretó
la ley.
Y es preciso afirmar siempre que la inicua
liberación del aborto es inaceptable en su totalidad. El aborto
debe ser eliminado – en cualquier circunstancia – porque transgrede gravemente el Quinto
Mandamiento de la Ley de Dios: no matar.
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