miércoles, 15 de octubre de 2014

ABORTO – TCA suspende 11 artículos de la ley por su "daño" a médicos

Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) exime a los ginecólogos de la obligación de participar de los procesos vinculados al aborto y les permite dar información destinada a mantener el embarazo e incluso pedir ecografías.
 
El alcance del derecho de objeción de conciencia para el personal de la salud fue uno de los aspectos más polémicos de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. La reglamentación, según un centenar de ginecólogos que hace un año presentaron un recurso para impugnar 11 de sus 42 artículos, limita la invocación de objeción de conciencia a recetar el fármaco abortivo o hacer el legrado, y los obliga a participar en todos los procedimientos previos y posteriores a la interrupción del embarazo.
 
Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo emitido ayer por unanimidad y considerado "histórico" por el abogado Gianni Gutiérrez, consideró que los artículos recurridos dañan el libre ejercicio de la medicina y la libertad de conciencia como derecho humano, por lo que resolvió suspender su aplicación hasta tanto se pronuncie sobre el recurso de impugnación presentado.
 
Los profesionales que recurrieron la reglamentación argumentaron que la misma trasciende lo perseguido por la ley y les causa un "grave daño". También consideraron que se quitó libertad a los médicos en el asesoramiento de las pacientes y afirmaron que todo lo previsto y regulado sólo está dirigido a "la concreción del aborto" y no permite "brindar un espacio de contención donde puedan valorar otras alternativas".
 
El TCA acogió el planteo de los ginecólogos mientras se espera que el fallo sobre la impugnación se conozca antes de fin de año.
 
El Tribunal consideró que los artículos causan un grave daño a los médicos que presentaron la petición.
 
La decisión significa un fuerte revés para las autoridades del Ministerio de Salud Pública que desde un comienzo se enfrentaron a los médicos que invocaron objeción de conciencia frente al aborto y calificaron como ilegal el decreto reglamentario.
 
Los médicos que recurrieron ante la Justicia señalaron que la reglamentación implicaba "perjuicios que afectan a la actuación moral de las personas y a la vocación a la que se han dedicado".
 
El Tribunal también suspende el artículo que impide al equipo de médicos exponer sobre su experiencia profesional y sugerir alternativas al aborto o que la paciente revise su decisión.
 
"Es un fallo unánime que entiende que es tan grave la afectación de la libertad de conciencia que es necesario detener ese daño incluso antes del pronunciamiento definitivo. El daño es a la libertad de conciencia y al libre ejercicio de la medicina. La libertad de conciencia es un pilar del estado de derecho. No se puede obligar a una persona a hacer actividades que van contra su conciencia", afirmó Gutiérrez.
 
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Comentarios de este blog:
 
Es digna de felicitaciones la actitud de los médicos que presentaron recurso referente a la ley que liberó el aborto – ley impuesta por la izquierda.
 
Los ginecólogos afirmaron claramente que todo lo previsto y regulado sólo está dirigido a "la concreción del aborto" y no permite "brindar un espacio de contención donde puedan valorar otras alternativas".
 
De lo que se deduce que la izquierda estaba empeñada en liberar a toda costa la matanza de bebés en el seno de sus madres, dejando de lado cualquier otra alternativa que preservase la vida de los mismos.
 
La ley es tan radical que impide al equipo de médicos exponer sobre su experiencia profesional y sugerir alternativas al aborto o que la paciente revise su decisión. O sea, prohíbe al médico explicar la Ley de Dios. Es decir, impone que la ley que vale es la de la izquierda y no la de Dios.
 
Es necesario estar alerta para que lo que por el momento es “suspensión” de los artículos impugnados se transforme realmente en eliminación definitiva de los mismos, cuando lo mismo se trate antes de fin de año. Pues bien puede sospecharse que la izquierda quiera mantener los artículos impugnados por los médicos, utilizando el mismo sistema de imposición cuando decretó la ley.
 
Y es preciso afirmar siempre que la inicua liberación del aborto es inaceptable en su totalidad. El aborto debe ser eliminado – en cualquier circunstancia – porque transgrede gravemente el Quinto Mandamiento de la Ley de Dios: no matar.
 
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